La Comisión Asesora y Fiscalizadora (CAF) de la Asociación Corredores Turismo Carretera (ACTC), ha dispuesto las siguientes comunicaciones en torno a la categoría TN-APAT, a saber:
AUTORIZACION REGLAMENTARIA CATEGORÍA TURISMO NACIONAL
1. Se aprueba el ANEXO N° 6 al ARTICULO N° 2, del Reglamento Deportivo de la Categoría TN-APAT (Vehículos Admitidos), que a partir del día de la fecha, los Pilotos que ocupen las doce primeras posiciones del Campeonato 2024, no podrán cambiar ni de Marca, ni de Modelo del vehículo hasta el final del certamen. Aquellos casos no previstos en este artículo, deberán ser consultados formalmente ante la Comisión Directiva para su resolución.